29/04/2019

El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. La descripción catastral de los bienes inmuebles incluye sus características físicas, jurídicas y económicas, entre las que se encuentran su localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivo, representación gráfica, valor catastral y titular catastral.

En muchas ocasiones nos encontramos con la sorpresa de que la medición catastral no refleja la realidad física de nuestra parcela. Esto es, los datos del Catastro no coinciden con la realidad. En estos casos sería conveniente solucionar esta situación ya que nos puede ocasionar problemas de todo tipo: Disputas entre colindantes,problemas a la hora de vender nuestra parcela, pagar más en el recibo de la contribución, etc.

En caso de que exista falta de concordancia entre la descripción catastral de los bienes inmuebles y la realidad física o inmobiliaria, y que su origen no se deba al incumplimiento de la obligación de declarar o comunicar, se podrá solicitar el inicio de un «expediente de subsanación de discrepancias».

 

Plazo de inicio

Estos expedientes pueden iniciarse en cualquier momento.

Las Fases del procedimiento son:

  • Acuerdo de inicio.
  • Notificación.
  • Audiencia a los interesados.
  • Resolución.

 

Plazo de resolución

Seis meses desde la notificación del acuerdo de iniciación.

 

En Gaes Ingenieros, nos podemos encargar de la tramitación de estos expedientes de subsanación de discrepancias, así como de la medición de su bien inmueble (parcela, vivienda, local, etc). Pídanos presupuesto sin compromiso.

957 320 501 / 651 578514

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