Planes de autoprotección. Planes de Emergencia.

Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Esta Norma Básica de Autoprotección establece la obligación de elaborar, implantar materialmente y mantener operativos los Planes de Autoprotección y determina el contenido mínimo que deben incorporar estos planes en aquellas actividades, centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias que, potencialmente, pueden generar o resultar afectadas por situaciones de emergencia. Incide no sólo en las actuaciones ante dichas situaciones, sino también y con carácter previo, en el análisis y evaluación de los riesgos, en la adopción de medidas preventivas y de control de los riesgos, así como en la integración de las actuaciones en emergencia, en los correspondientes Planes de Emergencia de Protección Civil.

Con el  Plan de Autoprotección se pretende facilitar a un establecimiento de una herramienta para la definición de las pautas de actuación ante una emergencia, garantizando que se llevan a cabo las actuaciones necesarias para cumplir los siguientes objetivos:

  • Coordinar la actuación del personal de la empresa
  • Identificar y evaluar la peligrosidad de la emergencia
  • Intervención rápida de los equipos de emergencia de la empresa y las ayudas exteriores
  • Asegurar una evacuación rápida y ordenada del centro de trabajo
  • Detener o cortar los procesos que supongan un impedimento en el control de la emergencia

En Gaes Ingenieros cuenta con experiencia en la redacción de Planes de Emergencia.